AUTO CONSTITUCIONAL 065/2003-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 065/2003-CA

Fecha: 11-Feb-2003

no se plantea el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad,

Agrega que queda claramente especificado que por el memorial que cursa en fotocopia legalizada a fs. 1 a 4 del expediente, no se plantea el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, establecido por el art. 127 inc. 5º de la Constitución Política del Estado, cuya competencia es originaria y exclusiva del Tribunal Constitucional, sino que lo que se pretende es la nulidad de los actos procesales por aplicación de una norma inconstitucional en su tramitación como es la Ley 1760.