APRUEBA
La Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los arts. 64-III y 31-4) LTC, con los fundamentos expuestos, APRUEBA el RECHAZO contenido en la Resolución de 18 de enero de 2003, pronunciada por Jesús Chuquimia Zeballos, Juez de Partido Noveno en Materia Civil y Comercial de Santa Cruz, cursante a fs. 26 del expediente.
- arts. 24 incs. 2) y 3) y 25 de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar de 28 de febrero de 1997, Ley 1760
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo.
- en el efecto diferido,
- no existir una decisión pendiente en la que el Juez Noveno de Partido en lo Civil Comercial de Santa Cruz tenga que aplicar las disposiciones legales cuya inconstitucionalidad se solicita sea promovida
- APRUEBA
