arts. 24 incs. 2) y 3) y 25 de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar de 28 de febrero de 1997, Ley 1760
Oscar Candia Cabrera, dentro del proceso ejecutivo seguido por el Banco Central de Bolivia contra la Cooperativa 19 de Noviembre Limitada, solicita al Juez de la causa promueva recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad contra los arts. 24 incs. 2) y 3) y 25 de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar de 28 de febrero de 1997, Ley 1760, argumentando que dichas normas son incompatibles con los principios, valores y preceptos constitucionales consagrados en los arts. 16 parágrafos II y IV, 116-X, 228 de la Constitución Política del Estado, por cuanto postergan el tratamiento de su reclamo sobre denegación a la proposición y producción de prueba. Agrega que la autoridad debe entender que la prueba ofrecida en tiempo y forma hábil dentro del periodo probatorio abierto en cumplimiento del art. 510 Código de Procedimiento civil (CPC), precisamente debe demostrar la pertinencia de las excepciones opuestas como medio de defensa y al rechazarse toda la prueba se le está poniendo en estado de indefensión al violar el sagrado derecho a la defensa y más aún, al mantenerse en el error ante la solicitud de reposición y conceder la apelación en el efecto diferido a sabiendas que correspondía se conceda en el efecto devolutivo, peticiones rechazadas con conocimiento de que una vez dictada la sentencia, será imposible producir la prueba testifical y pericial ofrecida así como la inspección judicial y confesión provocada solicitadas.
- arts. 24 incs. 2) y 3) y 25 de la Ley de Abreviación procesal y de asistencia familiar de 28 de febrero de 1997, Ley 1760
- I.2. Respuesta al recurso
- rechaza el incidente
- necesariamente aplicada a la resolución del caso dilucidado dentro del proceso judicial o administrativo.
- en el efecto diferido,
- no existir una decisión pendiente en la que el Juez Noveno de Partido en lo Civil Comercial de Santa Cruz tenga que aplicar las disposiciones legales cuya inconstitucionalidad se solicita sea promovida
- APRUEBA
