SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0011/2003
Fecha: 14-Feb-2003
III.2.
Que, el art. 52 de la Ley 1178 de 20 de julio de 1990 o Ley de Administración y Control Gubernamentales (Ley SAFCO), eleva a rango de Ley el Decreto Ley 14933 de 29 de septiembre de 1977, cuyo art. 1º dispone que en el Procedimiento Coactivo Fiscal, a falta de disposición expresa, se aplicarán con carácter supletorio o por analogía las disposiciones del Código de Procedimiento Civil.
Que, en los casos en que la Corte Suprema de Justicia “casare” una resolución, se requerirán tres votos conformes y en los casos en los que no existiere el número de votos suficientes para formar resolución, se llamará por turno a los ministros de otra sala, de acuerdo a lo dispuesto por los arts. 278 y 279 del Código de Procedimiento Civil, normas con las que concuerda el art. 1º de la Ley 2156 de 11 de diciembre de 2000 (que modifica los arts. 62 y 77 de la Ley de Organización Judicial).
Que, en la especie la causa ha sido radicada en la Sala Social y Administrativa Primera de la Corte Suprema de Justicia, procediéndose al sorteo el 05 de septiembre de 2002; el Ministro relator presentó proyecto de resolución por la “casación” del Auto de vista recurrido, al estar constituida la Sala con sólo dos Ministros y no existir el número de votos suficientes para emitir resolución, en 30 de septiembre de 2002 es decir, estando vigente el plazo prescrito por Ley para la dictación del Auto Supremo, se convocó a la Ministra Ardaya, quien fue notificada el 02 de octubre de 2002.
- Luis Fernando Barbery Paz en representación de Unión Agroindustrial de Cañeros S.A. (UNAGRO S.A.)
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso.
- I.1.2. Autoridades recurridas y petitorio
- I.3. Alegaciones de la parte recurrida.
- II.1.
- II.4.
- III.1.
- III.2.
- situaciones en las que ha sido necesario llamar a otro Ministro a efectos de formar Sala
- 02 de octubre de 2002 y pronunciado el Auto Supremo 373 el 23 de octubre de 2002, se evidencia que dicha resolución judicial ha sido emitida dentro del plazo legal de 30 días