Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0015/2003
Fecha: 17-Feb-2003
y siguiendo esa línea jurisprudencial al tratarse de situaciones idénticas con la problemática planteada en este recurso, se concluye que las Resoluciones Jerárquicas SRJ-RJ 012/2002 y 013/2002 de 2 de octubre de la pasada gestión, han sido pronunciadas por el Superintendente de Recursos Jerárquicos con plena jurisdicción y competencia.
En consecuencia, en el marco legal anotado por la Sentencia Constitucional transcrita, y siguiendo esa línea jurisprudencial al tratarse de situaciones idénticas con la problemática planteada en este recurso, se concluye que las Resoluciones Jerárquicas SRJ-RJ 012/2002 y 013/2002 de 2 de octubre de la pasada gestión, han sido pronunciadas por el Superintendente de Recursos Jerárquicos con plena jurisdicción y competencia. En cuanto a otras ilegalidades que acusa la recurrente, no corresponde considerarlas en este recurso.
- Silvia Salame Farjat en representación de Juan Javier Estensoro Moreno, Superintendente interino de Pensiones, Valores y Seguros (SPVS)
- I.1.1.1
- I.1.1.2
- I.1.1.3
- I.1.1.4
- I.1.1.5
- Fragmento 7
- I.3.2
- I.3.3
- II.1
- II.4
- II.5
- acto o resolución
- “
- y siguiendo esa línea jurisprudencial al tratarse de situaciones idénticas con la problemática planteada en este recurso, se concluye que las Resoluciones Jerárquicas SRJ-RJ 012/2002 y 013/2002 de 2 de octubre de la pasada gestión, han sido pronunciadas por el Superintendente de Recursos Jerárquicos con plena jurisdicción y competencia.