SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0170/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0170/2003-R

Fecha: 14-Feb-2003

III.3

III.3          Por otra parte, dentro del referido proceso ejecutivo, el Juez de la causa, como autoridad competente  libró mandamiento de embargo sobre los bienes de las demandadas,  y una vez  ejecutado, se designó a un depositario de los bienes embargados, todo dentro del marco de la ley. Por consiguiente, ni el Director de la PTJ de Santa Cruz y menos el depositario recurridos  cometieron actos ilegales ni omisiones indebidas en detrimento de los derechos y garantías de la recurrente,  motivo por lo que el recurso es inviable.