SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2003-R
Fecha: 14-Feb-2003
a)
Los abogados del recurrente ratifican los términos del recurso planteado y los amplían manifestando: a) el referido proceso se origina por incumplimiento de un contrato de carácter civil, y es de manera extraoficial que su cliente toma conocimiento de la existencia del mismo puesto que fue tramitado con irregularidades que vulneran los derechos a la defensa y presunción de inocencia , al no notificar a la esposa de su representado en su domicilio que se encuentra en la ciudad de Cobija como se acredita por la certificación domiciliaria que adjunta, más aún si se tiene evidencia que tanto en la acusación del Ministerio Público como la particular señalan que el hecho se cometió en Cobija; b) en la etapa preparatoria del proceso se han incurrido en vicios procesales que lesionan derechos constitucionales, aclarando que la finalidad del hábeas corpus interpuesto no es el de evitar el procesamiento de la señora Fernández, sino que se ordene se reparen los defectos y formalidades legales, pues en una semana se ha señalado audiencia del juicio oral además de constituir una amenaza inminente contra la libertad; c) la publicación de los edictos debió haber sido realizada en un medio de comunicación de circulación nacional, lo que no ha ocurrido puesto que se publicaron en el periódico “Jornada”.