Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2003-R
Fecha: 14-Feb-2003
improcedente
Concluida la audiencia el Tribunal de hábeas corpus pronuncia Resolución que declara improcedente el recurso, con los siguientes fundamentos: 1) la autoridad demandada no ha expedido mandamiento de aprehensión ni mucho menos existe persecución en contra de la representada del recurrente; 2) cualquier solicitud de nulidad de obrados debe ser promovida ante el mismo tribunal, lo que hace inviable el hábeas corpus.