SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0171/2003-R

Fecha: 14-Feb-2003

III.2

III.2          En el caso de autos, el supuesto procesamiento indebido de la esposa del recurrente como las irregularidades que aduce haberse presentado en el proceso penal de referencia, tal como la falta de notificación en su domicilio real que se encuentra en la ciudad de Cobija, no haberse transcrito las partes pertinentes en el edicto el que además no fue publicado en un periódico de circulación nacional,  no pueden ser consideradas dentro del presente hábeas corpus cuya finalidad -según se ha explicado- es la protección a la libertad de la persona en sus diversas manifestaciones,  la que no ha sido afectada dentro del proceso penal que motiva el recurso, ya que la representada por el recurrente está libre y no se ha emitido en su contra ningún mandamiento restrictivo de libertad.