Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2003-R
Fecha: 21-Feb-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente considera que la autoridad judicial demandada, al haber admitido una querella en contra de su representado por delitos de orden público y al haber aceptado un requerimiento fiscal de conversión de acciones de manera extemporánea, rechazando su incidente de nulidad, ha vulnerado el debido proceso, en cuanto se refiere a su derecho a la defensa. A efectos de determinar si lo denunciado se enmarca en la previsión del art. 18 CPE, se pasa a considerar lo que se detalla seguidamente.