SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0209/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0209/2003-R

Fecha: 21-Feb-2003

I.2.2. Informe del recurrido

El Prefecto recurrido, a través de sus abogados informó por escrito (fs. 54-55) que sin deponer el uso del recurso contencioso administrativo contra la Resolución Administrativa emitida por el Superintendente de Servicio Civil, ordenó a la Unidad de Recursos Humanos ejecute la misma, en ese marco se dispuso la notificación de reincorporación a su fuente de trabajo a los ahora recurrentes, notificación hecha por cédula el 22 de noviembre de 2002, con presencia de notario, en el domicilio legal señalado por ellos en este recurso. Hicieron notar que los recurrentes no son funcionarios de carrera porque no tienen un número de registro en dicha condición. Por último, aclararon que el acto de cumplimiento de la Resolución es anterior a la presentación del recurso, lo que demuestra que el efecto del acto reclamado ya cesó, por lo que pidió se declare la improcedencia del recurso.