Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0214/2003-R
Fecha: 21-Feb-2003
I.2.1. Ratificación del recurso
El recurrente ratificó a continuación el tenor íntegro de su recurso y pidió la protección inmediata de su derecho propietario de acuerdo a la SC 128/2000. Mostró su extrañeza ante la referencia que hace el abogado de la parte recurrida sobre la existencia de un proceso ordinario, al que indica que Imcruz debería acudir para hacer valer su derecho propietario, cuando los demandados en ese juicio en trámite no tienen nada que ver con el recurso de amparo. Aclaró que desde el 2 de febrero de 1996 están preservando su derecho, sobre el que tienen quieta y pacífica posesión.
- Roberto Benjamín Bustillo Delgadillo en representación de la EMPRESA CORPORACIÓN DE INVERSIONES IMCRUZ CORP. S.A.
- I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2.1. Ratificación del recurso
- I.2.2. Informe de los recurridos
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.