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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0214/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0214/2003-R

    Fecha: 21-Feb-2003

    II.3.

    II.3.    El Juez de Partido Segundo en Materia Civil y Comercial de la Capital dictó el Auto de 23 de junio de 2001 en el que admitió la demanda y su ampliación, corriendo en traslado a los demandados, disponiendo al Otrosí 5 “Se prohíbe a los ocupantes del bien, objeto de la litis, introducir mejoras en el mismo, bajo prevenciones de ordenar su demolición”, estando este proceso en trámite (fs. 160 vta., 190-193).

    • Roberto Benjamín Bustillo Delgadillo en representación de la EMPRESA CORPORACIÓN DE INVERSIONES IMCRUZ CORP. S.A.
    • I.1. 1. Hechos que motivan el recurso
    • I.1.3. Personas recurridas y petitorio
    • I.2.1. Ratificación del recurso
    • I.2.2. Informe de los recurridos
    • procedente
    • II.2.
    • II.3.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.

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