Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0221/2003-R
Fecha: 27-Feb-2003
improcedente
Concluida la audiencia la Sala Penal Segunda de la Corte Superior de Cochabamba, pronunció la Resolución de 27 de enero de 2003, que corre a fojas 37, que declara improcedente el Recurso, con estos fundamentos: a) las autoridades recurridas han obrado conforme a lo dispuesto por los arts. 225 y 226 del CPP, y no han vulnerado derecho constitucional alguno, b) el Fiscal ha remitido a los recurrentes ante el Juez Cautelar, dentro del plazo de 24 horas que establece la Ley y c) la inicial detención preventiva ha derivado en una posterior imputación formal, por lo que se ha aplicado medidas cautelares con pleno reconocimiento de los derechos constitucionales y legales de los imputados.