SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2003-R

Fecha: 26-Feb-2003

esta instancia dentro del mismo proceso de licitación

Empero, esta instancia dentro del mismo proceso de licitación que tenía la empresa recurrente para objetar las resoluciones presuntamente ilegales, no la utilizó, planteando directamente el Amparo, en total desconocimiento del carácter subsidiario del mismo, el cual exige para su procedencia, el agotamiento previo de todos los recursos ordinarios, estableciéndose que la empresa recurrente actuó en forma negligente, dejándose vencer con los plazos legales y permitiendo la preclusión de sus derechos, situación que determina la Improcedencia del presente Recurso, máxime si éste no es sustitutivo de otras vías que la ley confiere a las partes para lograr la modificación o supresión de los hechos demandados, aún cuando no las hayan usado oportunamente como sucede en el caso presente, lo que impide que este Tribunal, en aplicación del art. 96.3 de la Ley 1836 ingresar al análisis de fondo de la problemática, lo que determina la improcedencia del recurso.