Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0232/2003-R
Fecha: 26-Feb-2003
II.6.
II.6. Lucio Paz Rivero, Presidente Ejecutivo a.i. del SNC dictó la Resolución Presidencial 125 de 11 de diciembre de 2002, por la que dejó sin efecto la conformación de la Comisión de Asesoramiento Externo y desestimó el recurso de impugnación interpuesto por el consorcio ARG-ICA-COPESA por incumplir requisitos de forma y fondo, consiguientemente, mantuvo vigente la Resolución 49/2002 de 20 de noviembre de 2002, ordenando se proceda a la ejecución de la garantía que acompaña al memorial de impugnación. Asimismo, dispuso la continuación del proceso de contratación, para la suscripción del contrato con la empresa ASTALDI S.p.A. (fs. 427-428).
- Bernardo Antonio Wayar Caballero, en representación de ASTALDI S.p.A
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades o Personas Recurridas y Petitorio
- I.2.2. Informe del recurrido
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- II.10.
- anulando el proceso de Licitación hasta la emisión del Informe de Calificación Final y Recomendación de la Comisión de Calificación a través de las Resoluciones 127/2002 y 130/2002 ahora impugnadas
- III.1
- RA 56/2002 de 17 de diciembre
- esta instancia dentro del mismo proceso de licitación
- el agotamiento de todas las instancias dentro del proceso o vía legal, sea administrativa o judicial, donde se acusa la vulneración