Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0267/2003-R
Fecha: 28-Feb-2003
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente considera que se ha lesionado su derecho a la propiedad privada, por cuanto personas inescrupulosas recurridas lo han inducido a contraer matrimonio, a vender sus bienes, quedándose con el producto de la venta; además el Juez demandado no ha dado curso a un incidente en el que previa división y partición se debe determinar el origen ganancial o no de su departamento, con lo que se retardaría la justicia y como consecuencia se lesionaría el debido proceso. Se pasa a considerar los extremos denunciados, a efectos de otorgar la protección solicitada, si así corresponderiera.
- Néstor Zacarías Tórrez Tórrez
- I.1.1. Hechos que motivan el Recurso.
- a)
- Javier Barriga, Juez Sexto de Partido de Familia
- Ignacio Alurralde Juárez
- Humberto Chavarría Irusta
- improcedente
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- dispone en la sentencia
- Resolución de medidas provisionales
- 1º