AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2003-CDP
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0007/2003-CDP

Fecha: 10-Mar-2003

I.2

 I.2  Devuelto el expediente a la Corte de origen, por memorial de 3 de febrero de 2003 (fs. 52), Fabián Huayllany Tórrez solicitó al Tribunal de amparo la calificación de  la responsabilidad civil, por lo que la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, mediante Auto de la misma fecha (fs. 52 vta.)  abrió el término incidental de ocho días. El recurrido fue notificado con esa decisión en 3 de febrero a horas 15:30, y el recurrente, el mismo día a horas 15:40 (fs. 54).