Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0285/2003- R
Fecha: 11-Mar-2003
II.2
II.2 Que el 5 de diciembre de 2002, el recurrente solicitó la devolución del vehículo secuestrado al tenor del art. 170 CT, a lo cual, el recurrido decretó al día siguiente que el investigador asignado informe (fs. 35 vta.) habiendo, dicho funcionario, cumplido con dicha orden el 10 del mismo mes y año, fecha en la que el recurrido requirió porque se entregue el vehículo al recurrente previa acreditación de su derecho propietario sobre el mismo (fs. 36, 37).