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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0298/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0298/2003-R

    Fecha: 12-Mar-2003

    improcedente

    La Resolución de 1 de febrero de 2003 (fs. 33-34), declara improcedente el recurso, fundándose en que: 1) el imputado no se encuentra indebidamente procesado ni detenido, porque existe un proceso dentro del que se han seguido los pasos atinentes al debido proceso, y 2) de existir un procedimiento defectuoso, el recurrente tiene la vía señalada por el art. 167 CPP para su impugnación.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • José Ignacio Calle López, Marco Chambi y Julio Huarachi Pozo, Fiscal y Jueces de Instrucción Cautelar Nº 1 y Nº 2, respectivamente
    • I.2.2.
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.5.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III. 2.
    • III.3.
    • APROBAR

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