SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2003- R

Fecha: 19-Mar-2003

II.2

II.2     Que al continuar la investigación, el recurrente por memorial de 15 de marzo de 2002, a tiempo de solicitar se requiera porque la Oficina de Derechos Reales informe sobre la partida computarizada del inmueble que supuestamente fue dado en garantía en el documento base de la denuncia, señaló su domicilio expresamente en “Ed. Libertad piso 7º oficina 702”, el cual ya había sido señalado con anterioridad en otro memorial presentado el 8 de febrero de 2002, objetando el primer rechazo de la querella, así como también en el presentado el 15 de marzo del mismo año (fs. 105, 87-88, 42).