SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0302/2003- R

Fecha: 19-Mar-2003

II.4

II.4     Que el 29 de junio de 2002, el recurrente presentó queja ante la Fiscal del Distrito exponiendo que la co-recurrida no daba curso a sus solicitudes de requerimiento de informe a la Oficina de Derechos Reales y que no le había notificado personalmente, en el domicilio que señaló con el rechazo de la querella para que hubiese podido objetarla, por lo que solicitó se deje sin efecto la notificación en aplicación del art. 62 LOMP (fs. 4-5).  Ante esa queja, la citada autoridad dictó la Resolución 389/02 de 7 de diciembre de 2002, reconociendo los defectos procesales, empero desestimó la queja dado que no era competente y que el denunciante debía acudir al Juez de Instrucción para hacer valer sus derechos conforme a los arts. 54 y 279 CPP (fs. 1).