SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0322/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0322/2003-R

Fecha: 18-Mar-2003

III.3

III.3          En consecuencia, tanto la documentación antes detallada como la declaración expresa hecha en audiencia por el recurrido Juan Manuel Costas Velasco, demuestran que ha ocupado sin ostentar derecho legítimo alguno el terreno al que se refiere el recurrente. Y si  aquel dice que sobre el mismo tiene derecho propietario su poder conferente Gladys Velasco Soruco, deberá acudir ante la justicia ordinaria para definir la situación, y otras situaciones emergentes de ese derecho ya que el recurso de amparo no puede definir derechos sino que su finalidad está dirigida a brindar protección a los derechos vulnerados, como en el presente caso.