SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2003-R
Fecha: 18-Mar-2003
a)
A su turno, se procedió a dar lectura al informe del Juez recurrido de fs. 34, autoridad que además en audiencia manifestó que: a) en el juzgado a su cargo, se ha presentado una demanda coactiva del Banco de la Unión contra Roxana Cavero de Mariscal que fue declarada probada; b) en ejecución se sentencia, se adjudicó el inmueble dado en garantía a favor de Oscar Jhonny Céspedes y Ximena Crespo de Céspedes; c) con posterioridad al remate se hizo saber el fallecimiento de la garante (que no fue parte en el proceso), por lo que se hizo notificar a sus herederos; d) Jorge Alberto Paz Torrico (hijo de la garante hipotecaria) y el recurrente piden la nulidad de obrados, solicitudes que por resoluciones de fs. 132 y 189 son rechazadas; e) contra la resolución que dispone el rechazo a la solicitud del recurrente, éste ha planteado apelación que está pendiente de concesión; f) el recurrente también ha planteado oposición al desapoderamiento, incidente que está en trámite, y g) el recurrente no puede hacer valer en el proceso coactivo el 50 % de las acciones a las que dice tener derecho, sino en un proceso ordinario posterior.