Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0331/2003-R
Fecha: 18-Mar-2003
II.5.
II.5. Que, Alberto Mariscal Cullaqui (recurrente), acompañando documental por la que acredita haber sido esposo de la garante hipotecaria (fs. 7) y propietario en un 50% del bien dado en garantía (fs. 3-5), en 22 de octubre de 2002 pide la nulidad de obrados hasta la suscripción del crédito, solicitud que es rechazada por Auto de 04 de noviembre de 2002 (fs. 10).