Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0362/2003-R
Fecha: 25-Mar-2003
III.1.
III.1. En el presente caso es necesario aclarar, en primer término, que el recurrente invoca como lesionada la garantía del debido proceso, concretamente porque los Jueces recurridos conocieron y resolvieron dentro de un interdicto civil, una controversia de posesión que debió ser dirimida en el ámbito de la justicia agraria, o sea que se debe establecer si los demandados actuaron sin competencia y, de ese modo, desconocieron la garantía referida.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- a)
- procedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- aún no cuenta con ninguna Ordenanza Municipal debidamente homologada por Resolución Suprema que así lo declare
- , APRUEBA