Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
II.5.
II.5. Dentro del recurso de amparo, en el memorial en el que adjunta pruebas, el recurrente solicitó la admisión del recurso y en el otrosí 3º que se ordene al Gobernador del Centro de Rehabilitación Santa Cruz trasladarlo a la audiencia de amparo a fin de asumir defensa en igualdad de condiciones. Sin embargo, por auto de 16 de enero de 2003, la Sala Penal Segunda a tiempo de admitir el amparo, decretó que no ha lugar al otrosí 3º (fs. 35-37).