Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0394/2003-R
Fecha: 26-Mar-2003
II.3
II.3 El 3 de diciembre de 2002, el propietario de PIVA RECORDS impugnó ante la Directora recurrida la Resolución Administrativa 573/2002, pidiendo su revocatoria (fs. 16), y por nota de 9 del mismo mes, la autoridad recurrida comunicó al recurrente que aquella Resolución no será revocada (fs. 17 a 18); que, el 11 de diciembre se efectúa reclamo al Director Nacional del SENAPI y se solicita la revocatoria de la Resolución Administrativa 573/2002 impugnada (fs. 23).