SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0408/2003-R
Fecha: 02-Abr-2003
a)
En el informe escrito que corre a fs. 58 y 59, el Juez recurrido asevera lo siguiente: a) Oscar Félix Tordoya Rivas fue demandado en el proceso de reivindicación interpuesto por José René Herbas y “Mauricio F. Julio Q.”, en representación de Leonardo Guevara, que fue sustanciado de acuerdo a ley; b) durante el proceso oral agrario las partes pudieron probar sus pretensiones, habiéndose valorado la prueba al momento de emitir sentencia en 3 de abril de 2002, por la que se declaró probada la demanda; c) contra ese fallo, el recurrente formuló recurso de casación, que fue resuelto por el Tribunal Agrario Nacional, que pronunció el Auto 056/02 de 3 de julio de 2002, de la Sala Primera, que declaró infundado el recurso; d) en el trámite agrario no se vulneró la garantía del debido proceso; e) estando ejecutoriada la sentencia, de acuerdo a los arts. 514 y 515 del Código de Procedimiento Civil (CPC) se ha expedido mandamiento de lanzamiento, pues en el fallo de primera instancia se ordenó que el demandado entregue el inmueble dentro de tercero día de tal ejecutoria. Pidió se declare improcedente el amparo constitucional
El presente recurso ha sido presentado alegando que: a) el Juez agrario recurrido ha emitido un mandamiento de lanzamiento en su contra, con relación al terreno cuya propiedad le fue reconocida en proceso de usucapión que cuenta con fallos ejecutoriados, y sin tomar en cuenta que en el proceso ordinario de fraude procesal seguido por los mismos demandantes del proceso agrario, si bien se declaró el fraude procesal, no se demostró el mejor derecho propietario, y la orden de cancelar la inscripción de su derecho obtenido por usucapión, fue dejado sin efecto por la Corte Superior de Distrito. Corresponde analizar, en revisión, si los hechos que se produjeron, cuyos datos informa el expediente, dan lugar al otorgamiento de la tutela que brinda este recurso extraordinario.