SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0421/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0421/2003- R

Fecha: 02-Abr-2003

rechazó

La Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba rechazó el recurso con el fundamento de que las resoluciones emergentes del proceso disciplinario seguido contra el recurrente fueron dictadas dentro de la competencia prevista por el art. 12 del Procedimiento del Código de Ética de la Abogacía, por lo que adquieren calidad de cosa juzgada y, en el mismo entendido, el art. 30 del Decreto Supremo 23318-A dispone que las resoluciones ejecutoriadas dictadas en procesos administrativos internos causan estado y no pueden ser modificadas o revisadas aún mediante el recurso extraordinario planteado, lo que determina innecesaria su tramitación.