Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0443/2003-R
Fecha: 09-Abr-2003
II.4.
II.4. A través del memorial presentado el 21 de noviembre de 2002 (fs. 33), Roxana Antonia Arapa Antezana solicitó al Director Departamental del SEDES ser reincorporada de inmediato a su fuente de trabajo, alegando su estado de gravidez. El decreto de 26 de noviembre (fs. 33 vta.) del Asesor Legal del SEDES-Oruro, dice que “en reunión conjunta con la impetrante, su abogado y el Director del SEDES, se expresó la necesidad de respaldar sus anteriores embarazos con el correspondiente documento que evidencie haber sido atendida en eventuales procesos de embarazo”, no obstante, no existe firma alguna de la actora que demuestre la certeza de ese acto y su conformidad con el mismo.