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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0471/2003-R

    Fecha: 09-Abr-2003

    b)

    b)   Dicha resolución puede ser impugnada por la vía contencioso administrativa de acuerdo a lo dispuesto por el parágrafo II del art. 66 EFP, concordante con el art. 17 del Reglamento de Procedimiento de Incorporación a la Carrera Administrativa, medio legal del que el amparo por su carácter subsidiario no es sustitutivo, siendo evidente que el recurrente cuenta con otra vía de defensa judicial.

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • I.2.2. Informe del recurrido
    • a)
    • b)
    • II.1.
    • II.3.
    • II.8.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.
    • III.2.
    • Resolver las causas contenciosas que resulten de los contratos, negociaciones y concesiones del Poder Ejecutivo y las demandas contencioso-administrativas a las que dieren lulgar las resoluciones del mismo”
    • APROBAR

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