SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0497/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0497/2003-R

Fecha: 16-Abr-2003

III.2.

III.2.   En el presente caso, la recurrente  planteó apelación contra el Auto de 13 de enero de 2003  por el que el Juez de la causa dispuso el desapoderamiento del inmueble que la actora dice ocupar; sin embargo, cuando ese recurso fue concedido -conforme a ley- en el efecto devolutivo, Ximena Ligia Yapur Vargas lo retiró, con lo que demuestra un consentimiento al acto que estaba impugnando hasta entonces, motivo por el que no puede ahora pretender que, a través del amparo constitucional, se deje sin efecto el merituado desapoderamiento  que ella, motu proprio, admitió  y permitió  se realizara al  retirar su alzada.