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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0503/2003-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0503/2003-R

    Fecha: 15-Abr-2003

    II.5.

    II.5. Que, el 5 de febrero de 2002, la H. Junta Superior de Decisiones “COSSMIL” mediante Resolución 1283, declara improcedente la solicitud del recurrente  para la cancelación del capital de cesantía por encontrarse vigente y firme el art. 142 del D.S. 11901 y no así la Resolución 830 de 26 de enero de 1994 (fs. 39-40).

    • recurso de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan el Recurso
    • I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
    • a)
    • improcedente
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III.1.
    • III.2.
    • Resolución 380

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