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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0518/2003- R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0518/2003- R

    Fecha: 22-Abr-2003

    improcedente

    Concluida la audiencia, la Sala Civil Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial   de Tarija declaró improcedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que no existen los presupuestos previstos en los arts. 18 CPE y 89 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), pues los hechos expuestos no están vinculados a la libertad y b) que el hábeas corpus no es sustitutivo de otros recursos.

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
    • José Hugo Cuenca Bejarano, Juez de Partido en lo penal Liquidador de Sustancias Controladas de la Capital
    • a)
    • improcedente
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III.      FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
    • III.1
    • III.2
    • III.3
    • APRUEBA

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