Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0523/2003-R
Fecha: 22-Abr-2003
representante del Ministerio Público
El representante del Ministerio Público emite dictamen porque se declare improcedente el recurso con el argumento de que el recurrente interpone el presente amparo indicando que el documento que entregó firmado en blanco al ahora demandado fue llenado por éste, lo que origina el conflicto legal que al haber sido denunciado al Ministerio Público se ha dispuesto el inicio de la investigación penal por los delitos de de falsedad material, ideológica, uso de instrumento falsificado y atentado contra la libertad de trabajo y no obstante de ello con posterioridad plantea este recurso, lo que determina su improcedencia ante la existencia de mecanismos legales para hacer valer sus derechos.