Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0528/2003-R
Fecha: 22-Abr-2003
III.3.
III.3. Que, tampoco se evidencia que se haya lesionado el derecho propietario de José Luis Cuenta Tapia con relación a una suma de $US3.000.-, por cuanto la devolución de ese dinero no puede disponerla este Tribunal Constitucional (como equivocadamente solicita en su demanda), devolución que es un extremo que debe solicitárselo y definirse cuando corresponda, por el juez o tribunal ordinario competente; en este caso específico de la denuncia, no se puede dar la protección demandada.