SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0530/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0530/2003-R

Fecha: 22-Abr-2003

a)

A su turno la Jueza  co-demandada señala: a) actuó con competencia y estaba de turno el día domingo recibiendo los antecedentes a horas 12:35 pm., señalando audiencia de medidas cautelares para el 10 de marzo de 2003, dentro de las 24 horas que establece el art. 226 CPP, y a pesar de ello el abogado el día de la audiencia  presentó memorial pidiendo decline causa; 2) al haberse cumplido con los dos numerales del art. 233 CPP, es decir existir indicios  contra la imputada de que sería autora  de los delitos imputados y de que no se sometería a proceso por existir riesgo de fuga dispuso su detención preventiva, resolución que ha sido apelada y se encuentra pendiente de resolución;  3) actuó conforme a ley  y dio cumplimiento al art. 233 CPP.