Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0532/2003-R
Fecha: 22-Abr-2003
II.3
II.3 La Cooperativa de Teléfonos Automáticos Uyuni, solicita su reconsideración, motivando que el Concejo Municipal por Resolución Municipal 034/98 de 13 de mayo le concede el plazo perentorio de 90 días para la iniciación de obras civiles en el terreno adjudicado, vencido el cual se producirá la reversión sin intervención judicial como condición resolutoria. (fs.35-36).