SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0532/2003-R
Fecha: 22-Abr-2003
procedente
Concluida la audiencia el Juez de amparo constitucional pronuncia Resolución que declara procedente el recurso con los siguientes fundamentos:1) el lote de 420 m2 transferido por la Cooperativa de Teléfonos Automáticos Uyuni Ltda., a Fausto Gutiérrez García, fue inscrito en DD.RR en 28 de agosto de 2001, por lo que en ejercicio de su derecho propietario interpuso interdicto de posesión cuya demanda fue aprobada; 2) el recurrente solicita autorización a la Alcaldía Municipal para la construcción en el lote referido y la instalación de agua y luz, que es negado con el argumento de encontrarse el terreno en proceso judicial, negativa que constituye un acto ilegal de los funcionarios recurridos, que suprimen, amenazan restringir o suprimir derechos y garantías constitucionales.