Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2003
Fecha: 14-May-2003
III.5
III.5 Que, en consecuencia no se han cometido los actos y omisiones ilegales que se denuncian, pues los recurridos actuaron con plena jurisdicción y competencia. Por el contrario, conforme se ha establecido en obrados el trámite del voto constructivo de censura observó el procedimiento previsto en el art. 51 LM.