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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2003
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0046/2003

    Fecha: 14-May-2003

    III.5

    III.5          Que, en consecuencia no se han cometido los actos  y omisiones ilegales que se denuncian, pues los recurridos actuaron con plena jurisdicción y competencia. Por el contrario, conforme se ha establecido en obrados  el trámite del voto constructivo de censura observó el procedimiento previsto en el art. 51 LM.

    • Alfredo Benito Huanca, Alcalde Municipal de la Provincia Caranavi, del Distrito Judicial de La Paz
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • I.2. Admisión y citaciones
    • I.3. Alegaciones de la parte recurrida
    • II.1
    • II.2
    • II.3
    • II.4
    • III.1
    • III.3
    • III.4
    • III.5

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