SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2003-R
Fecha: 06-May-2003
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
En la demanda presentada el 20 de febrero de 2003 (fs. 10 y 11), el recurrente manifiesta que se presentó al concurso de méritos y examen de competencia convocado por el Consejo de la Judicatura para luego ser designado por Sala Plena de la Corte Superior de La Paz como Notario de Fe Pública de Primera Clase Nº 78 de ese Distrito, habiendo presentado la documentación respaldatoria y requisitos para asumir el cargo, donde por un abuso de autoridad y mala interpretación de las normas legales correspondientes, se consigna un proceso contencioso - tributario seguido por su persona contra la Gerencia Distrital de Impuestos Nacionales porque en 1998 impugnó un acto administrativo por el que se pretendía cobrarle Bs4.800.- por un supuesto pago menor en 1995 cuando se desempeñaba en el ejercicio libre de la profesión, sin que a la fecha exista sentencia ejecutoriada al respecto.
Alega que la Corte Superior de La Paz se ha negado a considerar su solicitud de posesión en el cargo de Notario, aduciendo que no deben arriesgarse a tomar una decisión al respecto, sin considerar que hubo un tercio de votos disidentes. Agrega que las autoridades recurridas no respondieron a sus solicitudes de reconsideración en los plazos legales.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 6)
- los condenados a pena privativa de libertad por delitos comunes, con sentencia ejecutoriada
- III.2.
- APRUEBA