Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0590/2003-R
Fecha: 06-May-2003
II.3.
II.3. En la reunión de Sala Plena de la Corte Superior de La Paz de 11 de febrero de 2003 (fs. 39 a 44), se determinó que el recurrente y otra persona designada también Notario de Fe Pública, no serían posesionados en tanto no se levanten “los cargos” existentes en el Certificado de Solvencia Fiscal.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- a)
- PROCEDENTE
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 6)
- los condenados a pena privativa de libertad por delitos comunes, con sentencia ejecutoriada
- III.2.
- APRUEBA