SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0596/2003-R
Fecha: 06-May-2003
II.3
II.3 Los coactivados -ahora recurrentes- en 30 de octubre de 2002 observan el avalúo realizado y rechazan el mismo, proponiendo de su parte a Paulo Roberto Barrero para que realice un nuevo avalúo (fs. 97), solicitud que previo traslado, mereció el Auto de 8 de noviembre de 2002, que señala no haber lugar a la designación de perito, por extemporánea a la vez que aprueba el monto del avalúo cuestionado (fs. 98 vta.). Resolución de la que los recurridos plantean reposición bajo alternativa de apelación (fs. 99), que es rechazada por la autoridad jurisdiccional con el argumento de que en ejecución de sentencia sólo procede la apelación directa (fs. 101 vta.).