SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0596/2003-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0596/2003-R

Fecha: 06-May-2003

III.2

III.2          En el caso examinado, los recurrentes optaron por una vía equivocada al pretender que la decisión de 13 de enero de 2003, asumida por el Juez recurrido, sea modificada a través del recurso de reposición bajo alternativa de apelación, cuando más bien debieron plantear el recurso directo de apelación, de manera que no pueden ahora buscar mediante el amparo sea subsanada esta omisión. De ahí que resulta aplicable el art. 93.3) de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC) al señalar que es improcedente este recurso contra resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso.