SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0601/2003- R
Fecha: 06-May-2003
a)
El Juez recurrido informó: a) que al ejecutoriarse la sentencia a solicitud de la parte civil expidió los mandamientos de condena, habiendo sido el recurrente detenido antes de la solicitud de suspensión condicional de la pena, con la que decretó conforme indica el recurrente, pero el juzgado a su cargo no tenía fiscal asignado desde el mes de octubre de 2002, sino recién hasta el 12 de marzo de 2003; b) que el 17 y 18 de marzo la parte civil también solicitó la calificación de responsabilidad civil y se han tramitado los dos procesos en forma conjunta, sin que ello signifique que se esté dando prioridad a la responsabilidad civil; c) que realizada la audiencia de responsabilidad civil inmediatamente ordenó se remita el expediente a vista fiscal, encontrándose actualmente el expediente en la Fiscalía, por lo que una vez sea devuelto dictará la sentencia correspondiente tal como está previsto en la norma adjetiva penal de 1972, aceptándose o rechazándose el beneficio solicitado y d) que la situación del recurrente es distinta a los condenados, ya que el mandamiento de condena fue ejecutado y para dejarlo en libertad primero debe dictarse la sentencia.