SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0601/2003- R
Fecha: 06-May-2003
procedente
Concluida la audiencia, el Juez Primero de Sentencia de El Alto declaró procedente el recurso con el fundamento siguiente: a) que habiendo el recurrente presentado su solicitud el 26 de febrero de 2003, se providenció vista fiscal; si embargo, el expediente recién se remitió a Fiscalía el 25 de marzo de 2003; b) que se vulneró el principio de igualdad jurídica de las partes, puesto que el 15 de marzo de 2003, se suspendieron los mandamientos de condena contra los otros condenados hasta que se diluciden las solicitudes de suspensión condicional de la pena y la de responsabilidad civil; c) que conforme a los nuevos parámetros del Código de Procedimiento Penal vigente, el Juez a momento de dictar sentencia condenatoria puede determinar la suspensión condicional de la pena o el perdón judicial antes de que sea resarcida la responsabilidad civil, por lo que pese a que existe sentencia condenatoria, se ha “vulnerado el principio de la nueva filosofía del N.C.P.P.” en sentido de que la regla es la libertad y la detención la excepción.