Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0601/2003- R
Fecha: 06-May-2003
III.1
III.1 Que la jurisprudencia constitucional ha sido uniforme en sentido de que en materia de hábeas corpus sólo es posible otorgar tutela cuando los actos que se denuncian afectan el derecho a la libertad en cualquiera de sus formas, cualquier otro acto debe ser denunciado y por lo mismo analizado en otro recurso y no en el planteado cuya finalidad es únicamente proteger la libertad física.