SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0602/2003- R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0602/2003- R

Fecha: 06-May-2003

a)

El abogado de los recurridos informó: a) que la sesión de 14 de febrero de 2003 se celebró con la presencia del Vocal de la Corte Departamental Electoral, pero se suspendió por falta de quorum ya que no estaba el Presidente del Concejo Adaildo Nacimento, quien no se encontraba cesado, puesto que cursan dos solicitudes, una de licencia y otra posterior de reincorporación; por lo que su actuación es legal, además la incompatibilidad se da cuando se ejercen en el mismo horario y b) que al haber reclamado la recurrente el voto constructivo de censura, dio lugar a que se revisara el procedimiento empleado y al constatarse una falencia dio lugar a que el Concejo en sesión ordinaria dispusiera la revocatoria de las resoluciones 2 y 4, habiéndose devuelto los derechos a la recurrente por lo que corresponde declarar improcedente el recurso.