Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0602/2003- R
Fecha: 06-May-2003
III.1
III.1 Que como ya se ha interpretado correctamente en diferentes fallos de este Tribunal Constitucional, para proceder a la remoción de un Alcalde Municipal mediante el voto constructivo de censura resulta inexcusable el cumplimiento estricto del procedimiento previsto por el art. 51 LM, pues de no ser así toda actuación que hubiera dado lugar a la remoción es nula, no sólo por mandato del inciso 10 del citado art. 51, sino porque una remoción sin la observancia del procedimiento implica vulneración de los derechos al trabajo y a ejercer una función publica, así entre muchas otras, la SC 936/2001-R de 6 de septiembre que en similar problemática dice:
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- Juan Zabala Durán, Heriberto Lucindo Nacimento, Alberto Aguirre Maceda, Concejales del Municipio de Filadelfia
- a)
- procedente
- II.2
- II.3
- II.5
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- nula
- nulidad de todo lo actuado en el voto constructivo de censura
- III.2
- III.3
- APRUEBA